Área legal
Abogado de Derecho Administrativo en Elche
Frente a la Administración casi todo tiene plazo y casi todo se puede recurrir. El problema habitual no es el fondo, es haber dejado pasar la fecha.
Llevamos recursos frente a ayuntamientos, la Generalitat Valenciana, la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Dirección General de Tráfico, tanto en vía administrativa como ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Si le llega una notificación con la que no está de acuerdo, mire primero el plazo de recurso: suele ser de un mes y empieza a contar desde el día siguiente a la notificación.
En qué le podemos ayudar
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Multas de tráfico
Alegaciones y recurso de reposición frente a sanciones de la DGT y de los ayuntamientos, y pérdida de puntos.
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Sanciones administrativas
Expedientes sancionadores en materia de ruido, actividades, consumo, medio ambiente y ordenanzas municipales.
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Sanciones de Hacienda
Recursos de reposición y reclamaciones económico-administrativas frente a liquidaciones y sanciones tributarias.
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Seguridad Social
Actas de infracción y liquidación de la Inspección de Trabajo y reclamaciones previas frente a la TGSS.
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Responsabilidad patrimonial
Reclamación de daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos: caídas en la vía pública, atención sanitaria y otros supuestos.
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Subvenciones y ayudas
Solicitud, justificación y defensa en expedientes de reintegro de subvenciones.
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Licencias y actividades
Licencias de apertura, declaraciones responsables y expedientes de restablecimiento de la legalidad.
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Contratación pública
Recursos frente a la adjudicación de contratos y reclamaciones durante su ejecución.
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Extranjería
Autorizaciones de residencia y trabajo, arraigo y recursos frente a resoluciones denegatorias.
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Función pública
Procesos selectivos, bases de convocatoria, reclamaciones de personal y régimen disciplinario.
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Silencio administrativo
Actuación cuando la Administración no resuelve en plazo y sus efectos en cada procedimiento.
Preguntas frecuentes
¿Merece la pena recurrir una multa de tráfico?
Depende del motivo y de si hay defectos en la notificación o en la instrucción del expediente, que son frecuentes. Conviene valorar el coste del recurso frente al importe y a los puntos que se juega.
¿Cuánto plazo tengo para recurrir una resolución administrativa?
Con carácter general, un mes para el recurso de reposición o de alzada desde el día siguiente a la notificación, y dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa. Cada procedimiento tiene sus particularidades.
¿Qué es el silencio administrativo negativo?
Cuando la Administración no contesta en plazo y la ley presume que la petición se ha denegado, lo que permite recurrir. No obliga a esperar indefinidamente, aunque la Administración conserva el deber de resolver.
Me he caído por un desperfecto en la acera, ¿puedo reclamar?
Es posible reclamar al ayuntamiento por responsabilidad patrimonial, acreditando el daño, el desperfecto y la relación entre ambos. Es muy importante documentarlo el mismo día: fotos, testigos y parte médico.
Esta información es orientativa y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto. Cada asunto tiene sus circunstancias y sus plazos.
Dónde intervenimos
El despacho está en Elche y trabajamos habitualmente ante los juzgados de la provincia de Alicante:
- Elche
- Alicante
- Crevillente
- Santa Pola
- Aspe
- Novelda
- Elda
- Petrer
- Monforte del Cid
- Guardamar del Segura
- Torrevieja
- Orihuela
- Alcoy
- Villena
- Benidorm
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