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García Tormo Abogados
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Área legal

Abogado laboralista en Elche

Le acompañamos cuando el problema está en el trabajo: al salir de una empresa, al reclamar lo que le deben o al pelear una incapacidad.

El Derecho Laboral es la especialidad principal de José Carlos Tormo, con intervención habitual ante el Juzgado de lo Social y el SMAC. Trabajamos tanto para trabajadores como para empresas de Elche y la provincia de Alicante.

En materia laboral los plazos son cortos y perentorios: el despido tiene veinte días hábiles para impugnarse. Si acaba de recibir una carta de despido, lo primero es no firmar nada como «conforme» y consultarnos cuanto antes.

En qué le podemos ayudar

  • Despido improcedente

    Impugnación de despidos disciplinarios y objetivos, cálculo de la indemnización que corresponde y papeleta de conciliación ante el SMAC.

  • Despido nulo

    Despidos con vulneración de derechos fundamentales, durante embarazo, permiso de lactancia o reducción de jornada.

  • Despido colectivo y ERE

    Asistencia en expedientes de regulación de empleo, periodos de consulta e impugnación individual de la extinción.

  • Reclamación de cantidad

    Nóminas impagadas, horas extra no abonadas, pagas extraordinarias, vacaciones no disfrutadas y finiquitos mal calculados.

  • Incapacidad permanente

    Solicitud y recurso frente a resoluciones del INSS: incapacidad parcial, total, absoluta y gran invalidez.

  • Accidente de trabajo

    Reclamación por accidente laboral y enfermedad profesional, incluido el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad.

  • Baja médica y alta indebida

    Impugnación del alta médica, prestaciones por incapacidad temporal y conflictos con la mutua.

  • Modificación de condiciones

    Cambios de horario, funciones, salario o centro de trabajo impuestos por la empresa, y traslados.

  • Extinción por voluntad del trabajador

    Solicitud de extinción indemnizada del contrato ante impagos, acoso o incumplimientos graves de la empresa.

  • Acoso laboral

    Situaciones de acoso moral o sexual en el trabajo y vulneración de derechos fundamentales.

  • Sanciones disciplinarias

    Impugnación de sanciones y expedientes disciplinarios abiertos por la empresa.

  • Jubilación y pensiones

    Jubilación ordinaria, anticipada y parcial, viudedad, orfandad y revisión de la base reguladora.

  • Contratos y asesoramiento a empresas

    Redacción de contratos, altas y bajas, régimen disciplinario y defensa frente a inspecciones de Trabajo.

  • Falso autónomo

    Reclamación del reconocimiento de la relación laboral cuando la prestación de servicios es realmente por cuenta ajena.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un despido?

Veinte días hábiles desde la fecha de efectos del despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero es un plazo de caducidad: pasado, se pierde el derecho a reclamar. Conviene consultar los primeros días.

¿Tengo que firmar el finiquito el día que me despiden?

No está obligado. Si firma, puede hacerlo indicando «no conforme» junto a la firma: recibe la cantidad y conserva el derecho a reclamar. Firmar sin más puede interpretarse como aceptación.

¿Qué indemnización me corresponde por despido improcedente?

Con carácter general, 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades, y 45 días por año para el tiempo trabajado antes de febrero de 2012. El cálculo exacto depende de su antigüedad y salario.

¿Puedo reclamar si soy autónomo pero trabajo solo para una empresa?

Es posible. Si trabaja con los medios, el horario y las instrucciones de la empresa, puede existir una relación laboral encubierta y cabe reclamar su reconocimiento con los efectos que conlleva.

¿Hay que ir a juicio siempre?

No. La mayoría de asuntos laborales pasa primero por un acto de conciliación previo, donde muchos se resuelven mediante acuerdo. Solo si no hay acuerdo se continúa ante el Juzgado de lo Social.

Esta información es orientativa y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto. Cada asunto tiene sus circunstancias y sus plazos.

Dónde intervenimos

El despacho está en Elche y trabajamos habitualmente ante los juzgados de la provincia de Alicante:

  • Elche
  • Alicante
  • Crevillente
  • Santa Pola
  • Aspe
  • Novelda
  • Elda
  • Petrer
  • Monforte del Cid
  • Guardamar del Segura
  • Torrevieja
  • Orihuela
  • Alcoy
  • Villena
  • Benidorm

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